La verdadera pregunta es si alguien se comprometiera contractualmente a entregar un sandwich en un acuerdo firmado ante notario, y la parte obligada entregara un completo…
En caso de que dicho contrato estipulara que desacuerdos se deberían mediar en tribunales y la situación escalara a una querella por incumplimiento de contrato, qué determinaría la ley chilena? Si el completo fuera un italiano sería un agravante o atenuante? Y qué pasaría si al momento de la entrega del completo, ambas partes se encontraban en un barco boliviano que navegaba en aguas internacionales?
La verdadera pregunta es si alguien se comprometiera contractualmente a entregar un sandwich en un acuerdo firmado ante notario, y la parte obligada entregara un completo…
En caso de que dicho contrato estipulara que desacuerdos se deberían mediar en tribunales y la situación escalara a una querella por incumplimiento de contrato, qué determinaría la ley chilena? Si el completo fuera un italiano sería un agravante o atenuante? Y qué pasaría si al momento de la entrega del completo, ambas partes se encontraban en un barco boliviano que navegaba en aguas internacionales?
Seguramente le pagarían a un abogado para que nadie quede conforme o se agarrarían a combos. Soluciones a la chilena.