La verdadera pregunta es si alguien se comprometiera contractualmente a entregar un sandwich en un acuerdo firmado ante notario, y la parte obligada entregara un completo…
En caso de que dicho contrato estipulara que desacuerdos se deberían mediar en tribunales y la situación escalara a una querella por incumplimiento de contrato, qué determinaría la ley chilena? Si el completo fuera un italiano sería un agravante o atenuante? Y qué pasaría si al momento de la entrega del completo, ambas partes se encontraban en un barco boliviano que navegaba en aguas internacionales?
Si alguien pidiese un sandwich en un restaurante y le trajeran un completo, quedarían mirando rato. Así que creo que no cabe en esa categoría.
La verdadera pregunta es si alguien se comprometiera contractualmente a entregar un sandwich en un acuerdo firmado ante notario, y la parte obligada entregara un completo…
En caso de que dicho contrato estipulara que desacuerdos se deberían mediar en tribunales y la situación escalara a una querella por incumplimiento de contrato, qué determinaría la ley chilena? Si el completo fuera un italiano sería un agravante o atenuante? Y qué pasaría si al momento de la entrega del completo, ambas partes se encontraban en un barco boliviano que navegaba en aguas internacionales?
Seguramente le pagarían a un abogado para que nadie quede conforme o se agarrarían a combos. Soluciones a la chilena.
Igual nadie pide solo “un sandwich” en restaurant, te piden más especificaciones. (De queso, con palta, etc.)
Un amigo era así. Por eso lo decía. íbamos a comer y decía “tráigame una ensalada, cualquiera” xD
“el más chancho que tenga”